FeaturedEn Mayo: REPASO PRESENCIAL para Reválida de Bienes Raíces

3 Y 4 DE MAYO DE 2025

REPASO PRESENCIAL PARA LA REVÁLIDA DE CORREDOR Y VENDEDOR DE BIENES RAÍCES DE PUERTO RICO

En el Repaso Presencial de dos (2) días cubriremos todos los temas del examen de Reválida de Bienes Raíces. Día 1 (sábado): Aspectos Legales, Ética, Registro de la Propiedad, Codificación y Permisos. Día 2 (domingo): Financiamiento y Matemáticas para Bienes Raíces. Trabajaremos con el MANUAL DE REPASO DE BIENES RAÍCES del Instituto Sylvia Realty.

FeaturedExamen de Reválida de Corredor y Vendedor de Bienes Raíces

EN MAYO 2025
Examen de Reválida de
Corredor de Bienes Raíces y
Vendedor de Bienes Raíces de Puerto Rico

FeaturedManual de Repaso para la Reválida de Bienes Raíces

¡Prepárate para la Reválida de Corredor y Vendedor de Bienes Raíces de Puerto Rico!

MANUAL DE REPASO PARA LA REVÁLIDA DE CORREDOR Y VENDEDOR
DE BIENES RAÍCES EN PUERTO RICO

Compendio de Leyes, Reglamentos y Exámenes

Este libro es una breve exposición del material de estudio de forma concisa donde se agrupan todos los datos que te ayudarán a enfocarte de forma clara y precisa para estudiar y pasar tu examen de reválida

Nuestro MANUAL DE REPASO DE BIENES RAÍCES es un compendio de Leyes y Reglamentos, con exámenes de comprensión del material de Reválida y glosario de bienes raíces. El material del Manual está actualizado con los temas del nuevo examen de Reválida de Puerto Rico.

FeaturedReválida Bienes Raíces: Cómo ir bien preparado

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Si quieres ir bien preparado para el examen de Reválida de Corredor y Vendedor de Bienes Raíces de Puerto Rico, CONOCE LOS RECURSOS QUE TE OFRECE EL INSTITUTO SYLVIA REALTY.

Programa de Estudio Remedial

Para aquellos que necesitan repetir la Reválida de Bienes Raíces de Puerto Rico.

MANUAL DE REPASO PARA LA REVÁLIDA DE CORREDOR Y VENDEDOR
DE BIENES RAÍCES EN PUERTO RICO – 2023

Compendio de Leyes y Reglamentos con exámenes de comprensión del material de Reválida y glosario de bienes raíces, actualizado con los temas del nuevo examen de Reválida de Puerto Rico.


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Examen de Práctica Simulado

Pon a prueba tus conocimientos básicos de bienes raíces, así como la aplicación de los principios. Simula la experiencia del examen real de la reválida. El examen es en español y cubre todas las áreas del examen de reválida: Legal, Financiamiento, Registro de Propiedad, Ética, Zonificación, Contratos y Problemas Matemáticos.

Podcast: Repasos de Bienes Raíces en Puerto Rico

Material de estudio en audio (mp3) para bajar y escuchar en tu equipo.

¿Puede un corredor de bienes raíces realizar una compraventa y originar un préstamo hipotecario?

¿Puede un corredor de bienes raíces realizar una compraventa y originar un préstamo hipotecario?

La comisionada de Instituciones Financieras, Natalia Zequeira, advierte sobre el riesgo de conflictos éticos y doble comisión de la práctica que gana terreno en Puerto Rico

Si se ha topado con un corredor de bienes raíces y este le indica que también puede originar su préstamo hipotecario, esa práctica no está prohibida en Puerto Rico, pero no necesariamente es adecuada por lo que comienza a crear inquietud al interior del sector de bienes raíces y financiamiento en entidades no depositarias en la isla.

En parte, ello responde a que en los pasados años, han ganado popularidad en la isla, las promociones de agencias que reclutan corredores de bienes raíces para que obtengan la licencia de Originador de Préstamos Hipotecarios (MLO, en inglés), con el fin de que estos puedan cobrar por ambos servicios (la gestión de corredor de bienes raíces y la gestión de originar el préstamo hipotecario) en una transacción.

De acuerdo con la comisionada de Instituciones Financieras (OCIF), Natalia Zequeira Díaz, actuar como corredor de bienes raíces y originador hipotecario es legal en Puerto Rico, pues las leyes que regulan a los corredores de bienes raíces y a los originadores de préstamos hipotecarios no prohíben que una persona haga ambas funciones en una misma transacción de compraventa.

Pero la práctica no es recomendable subrayó Zequeira Díaz.

“Aunque no es una práctica ilegal, no es una práctica avalada”, indicó Zequeira Díaz.

“Lo que la OCIF exhorta, ya que no está expresamente prohibida la práctica, es que como quiera haya una división de roles y que esa no sea la norma, porque entendemos que (la persona) puede tener un conflicto de interés procesando hipotecas. Encima de eso, se añade la preocupación de la doble compensación”, abundó.

En Estados Unidos, esta práctica, conocida como negocio dual, o dual business, en inglés, es común y ahora, a pesar de las diferencias en el mercado inmobiliario, se ha popularizado en Puerto Rico.

Una fuente envió a este diario una promoción de un originador hipotecario en la que buscaba reclutar a corredores de bienes raíces para que se certifiquen como MLO y “recibir una comisión adicional del financiamiento”.

El mensaje tenía un enlace hacia la agencia estadounidense Mortgage BrokerX, entidad que ofrece cursos de unas cinco semanas para la certificación de originador hipotecario a un costo de $300.

“Aunque nosotros replicamos la gran mayoría de la normativa federal, la prioridad debe ser garantizar la transparencia y la sana administración de estas entidades hipotecarias”, insistió la comisionada.

¿Qué dice la ley en Puerto Rico?

El abogado financiero Rafael Ferreira Cintrón señaló, empero, que ningún intermediario debe actuar como agente en más de una función en la misma transacción.

Asimismo, citó el Artículo 31, Actos o Prácticas Proscritas, de la Ley 10-1994, también conocida como la “Ley para Reglamentar el Negocio de Bienes Raíces y la Profesión de Corredor, Vendedor o Empresa de Bienes Raíces en Puerto Rico”, en el que se precisa que se prohíbe “cobrar comisión a más de una parte en una transacción, salvo el caso en que las partes así lo acuerden”.

“El corredor estaría cobrándole al vendedor que usualmente es su cliente y al mismo tiempo al comprador que necesita la hipoteca para comprar. Totalmente inaceptable por la incompatibilidad de funciones”, indicó Ferreira Cintrón a El Nuevo Día.

En tanto, Zequeira Díaz destacó que las acciones de los corredores de bienes raíces no están bajo la jurisdicción de la OCIF. El sector de bienes raíces es regulado por la Junta de Corredores, Vendedores y Empresas bajo el Departamento de Estado.

El presidente de la Junta de Corredores, Miguel A. Mercado, prefirió no emitir declaraciones sobre el particular.

La práctica de dual business está prohibida en los bancos comerciales -Banco Popular, FirstBank y Oriental Bank-, debido a los conflictos que puede generar en los procesos de evaluación de riesgos o underwriting en esas instituciones, explicó la funcionaria.

“En los bancos comerciales, la normativa federal expresamente lo prohíbe. En los bancos hipotecarios es donde se puede ver este rol dual y le solicitamos a la industria transparencia y claridad para evitar un conflicto ético”, dijo Zequeira Díaz.

Por consiguiente, la duplicidad de roles -bienes raíces y originador hipotecario- podría estar sucediendo en Puerto Rico a través de bancos hipotecarios que podrían ser miembros de la Asociación de Banqueros Hipotecarios (MBA, en inglés) capítulo de Puerto Rico.

“Hemos observado que algunos oficiales hipotecarios que también son corredores de bienes raíces canalizan los casos a colegas dentro de la misma oficina, pero esto sigue representando un riesgo ético”, sostuvo Zequerira Díaz.

Por su parte, el director ejecutivo de la MBA, Ricardo Negrón, mantuvo la misma postura de la OCIF sobre la “percepción indebida” de ejercer doble rol en una misma transacción hipotecaria, por lo que convocarán a distintas agencias a un foro que se llamará “Ética para Todos”.

La idea es mitigar y orientar a las personas para que la creatividad no exceda y violente lo correcto. Vamos a convocar a diversos sectores”, dijo Negrón.

Entre las entidades que participarán del foro de capacitación a profesionales del sector se encuentran la OCIF, MBA, Junta de Corredores de Bienes, Corporación Pública para la Supervisión y Seguro de Cooperativas de Puerto Rico (Cossec), la Junta de Evaluadores y también se espera la participación del Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO).

“Desde una perspectiva institucional, debemos fortalecer las salvaguardas para evitar que esta práctica, aunque común en otras jurisdicciones, erosione la confianza en el sistema financiero local”, subrayó entretanto la comisionada de la OCIF.

Autor: Efraín Montalbán Ríos. Artículo publicado en ElNudevoDia.com el 7 de mayo de 2025

El Instituto Sylvia Realty

Sylvia Realty Instituto de Bienes Raíces, una institución educativa certificada por la Junta de Corredores, Vendedores y Empresas de Bienes Raíces de Puerto Rico con la licencia número CA-68 JCVEBR.

Sylvia Realty Instituto de Bienes Raíces está comprometido con promover y mantener altas normas de conducta y moralidad en el negocio de Bienes Raíces, es por ello que tiene como misión capacitar y preparar a sus estudiantes para desenvolverse profesionalmente en el campo de bienes raíces, y que emulen tal código de ética en su vida profesional y en todas sus transacciones.

Para lograr esto el Instituto le brindará a sus estudiantes todas las herramientas que requieren, entiéndase leyes, reglamentos y técnicas de mercadeo, entre otras, para así trabajar de forma efectiva y eficiente como Corredor o Vendedor de Bienes Raíces.

Sylvia Realty Instituto de Bienes Raíces ofrece diversidad de cursos en otras vertientes dentro de la industria.

Es momento de comenzar a dar un giro extraordinario en tu vida. Puedes coordinar tu cita de orientación al 787-613-1319

RESOLUCIÓN NÚM. 2024-04: Certificación de renovación automática por radicación previa a vencimiento

La Junta de Corredores, Vendedores y Empresas de Bienes Raíces de Puerto Rico el pasado 20 de noviembre de 2024 emitió la RESOLUCIÓN NÚM. 2024-04: “Certificación de renovación automática por radicación previa a vencimiento” sobre la licencia de bienes raíces en Puerto Rico.

Dicha resolución establece el procedimiento para solicitar un certificado de renovación de licencia temporero a todo corredor, vendedor y empresa de bienes raíces que haya presentado su solicitud completa de renovación con todos los documentos requeridos, al menos treinta (30) días antes del vencimiento de su licencia, en cumplimiento con lo dispuesto en el Artículo 17 de la Ley 10 de 1994.

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